Articulo 38 montes y administracion de espacios naturales protegidos
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»Artículo 38. Recursos.
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La resolución del deslinde pondrá fin a la vía administrativa, siendo impugnable ante la jurisdicción contencioso-administrativa si se plantearan cuestiones de tramitación o de carácter administrativo; sin perjuicio de que cuantos estimen lesionados sus derechos relativos al dominio o a la posesión del monte o cualquiera otra de naturaleza civil pueden hacerlos valer ante la jurisdicción civil.
