Articulo 38 Museos de La Mancha

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Artículo 38. Copias y reproducciones.

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1. La realización de copias y reproducciones a partir de moldes, o mediante soporte digital, fotografías, películas, videos, copias pictóricas o por cualquier procedimiento, de fondos de una institución museística de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha se orientará al cumplimiento de los objetivos de investigación, estudio y difusión cultural, salvaguardando los derechos de propiedad intelectual de los autores o titulares de los mismos, y garantizando la debida conservación de las obras, y el normal desarrollo de la actividad en los centros.

2. En las copias obtenidas constará esta condición de manera visible, así como su procedencia, y en ningún caso serán copias exactas del original.

3. La realización de copias y reproducciones con fines lucrativos será objeto de desarrollo reglamentario para salvaguardar los intereses de la Administración Regional.