Articulo 38 Presupuestos 2013 Galicia
Artículo 38. Retribuciones adicionales del personal al servicio de las entidades integrantes del Sistema universitario de Galicia.
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Uno. El importe de las retribuciones adicionales correspondientes a los complementos retributivos autonómicos vinculados al reconocimiento a la labor docente, a la labor investigadora, por los cargos de gestión y a la excelencia curricular docente e investigadora que, en su caso, correspondan al personal docente e investigador funcionario y contratado doctor queda fijado en las cuantías siguientes:
Complemento de reconocimiento a la labor docente: la cuantía anual será de 950 euros.
Complemento de reconocimiento a la labor investigadora: la cuantía anual será de 855 euros.
Complemento de reconocimiento por los cargos de gestión: la cuantía anual del tramo concedido será de 228 euros.
Complemento de reconocimiento a la excelencia curricular docente e investigadora: la cuantía del tramo concedido será de 380 euros.
Dos. Sobre las anteriores cuantías se practicarán los ajustes precisos para conseguir la reducción señalada en el artículo 37.
