Articulo 38 Promoción y defensa de la calidad alimentaria gallega
- Norma derogada desde el 7 de febrero de 2024. - Ley 1/2024 de 11 de Ene C.A. Galicia (Calidad alimentaria de Galicia)
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»Artículo 38. Personal.
Derogado
1. El personal del Ingacal podrá ser contratado en régimen de derecho laboral o ser funcionario o asimilado al servicio de la administración de la Xunta de Galicia adscrito al instituto.
2. Pertenecer al consejo de dirección no generará derechos laborales.

