Articulo 38 Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional
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»Artículo 38. Responsabilidad política.
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1. El Gobierno responde solidariamente ante el Parlamento, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada uno de sus componentes por su gestión.
2. La delegación temporal de funciones del Presidente o de otros miembros del Gobierno no les exime de su responsabilidad política.
3. La responsabilidad política del Gobierno es exigible por medio de la moción de censura o la cuestión de confianza.
