Articulo 38 Reglamento de... hoteleros

Articulo 38 Reglamento de establecimientos hoteleros

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Artículo 38. Superficie de las habitaciones.

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Las superficies mínimas de las habitaciones, excluyendo del cómputo las correspondientes a los baños y aseos, en las distintas categorías, son las siguientes expresadas en metros cuadrados:

Estrella:54321
Habitaciones:     
Dobles1716151412
Individuales109876
Habitaciones con salón:     
Habitaciones dobles1514131211
Salón12101098