Articulo 38 Reglamento de... de Álava

Articulo 38 Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de Álava

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Artículo 38. Plazo de presentación.

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1. El plazo para la presentación de las autoliquidaciones será de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente en que se produzca el hecho imponible.

2. Cuando se trate de documentos judiciales se entenderá causado el acto o contrato en la fecha de firmeza de la correspondiente resolución judicial.

3. El plazo para la presentación de autoliquidaciones relativas a extinción de usufructos que se produzcan por el fallecimiento de su titular, será de seis meses a contar desde el día siguiente al del fallecimiento de la usufructuaria o del usufructuario, se hayan formalizado o no las operaciones de testamentaria y cualquiera que sea la fecha de su otorgamiento.

(NOTA: con efectos a partir del 15 de noviembre de 2018)