Articulo 38 Reglamento de...e Cataluña

Articulo 38 Reglamento de máquinas recreativas y de azar de Cataluña

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Artículo 38. Solicitud

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38.1 La empresa operadora, o las otras previstas en el artículo 36.4 , solicitará del servicio territorial del Juego y de Espectáculos correspondiente la autorización para la instalación de la máquina en un establecimiento determinado, mediante el impreso normalizado de la autorización de emplazamiento, suscrito por la empresa y por el titular del establecimiento, con la firma de éste último reconocida.

Únicamente será necesaria una firma en el caso de que las condiciones de empresa y de titular del establecimiento coincidan en una misma persona física o jurídica.

38.2 En este documento se harán constar los datos siguientes:

a) Identificación de la empresa titular de la máquina.

b) Denominación y domicilio del establecimiento, y número de autorización de instalación.

c) Nombre o razón social y número de identificación fiscal del titular del establecimiento.

d) Modelo y tipo de la primera máquina, serie y número de fabricación, y número de permiso de explotación.

38.3 La autorización de emplazamiento, una vez tramitada amparará la instalación de la máquina o de las que la sustituyan, siempre que haya sido presentada la correspondiente comunicación de emplazamiento, de acuerdo con lo que prevé y por el plazo establecido en el artículo 37.