Articulo 38 Reglamento Ma... de Madrid

Articulo 38 Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de Madrid

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Artículo 38. Nombramiento de funcionarios en prácticas

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Los aspirantes, conforme a la calificación final obtenida en las pruebas de oposición y del concurso, en número no superior al de plazas convocadas, serán nombrados funcionarios en prácticas, una vez cumplimentados los pertinentes requisitos formales, percibiendo con cargo a la correspondiente corporación local las retribuciones que procedan.