Articulo 38 Reglamento de... Andalucía

Articulo 38 Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía

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Artículo 38. Clasificación de los emisores acústicos.

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A los efectos de este Reglamento, y conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, los emisores acústicos se clasifican en:

  1. Vehículos de motor y ciclomotores.

  2. Ferrocarriles.

  3. Aeronaves.

  4. Infraestructuras viarias.

  5. Infraestructuras ferroviarias.

  6. Infraestructuras aeroportuarias.

  7. Infraestructuras portuarias.

  8. Máquinas y equipos.

  9. Obras de construcción de edificios y de ingeniería civil.

  10. Actividades industriales.

  11. Actividades comerciales.

  12. Actividades deportivo-recreativas y de ocio.

  13. Otros emisores acústicos.