Articulo 38 relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros
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»Artículo 38. Derogación
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1. (Derogado)
2. Quedan derogadas, con efectos a partir del 30 de abril de 2006, las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE, 72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 90/365/CEE y 93/96/CEE.
3. Las referencias a las disposiciones de las Directivas derogadas se entenderán hechas a la presente Directiva.
Modificaciones
- Artículo modificado (38 (apdo. 1, se deroga)) por REGLAMENTO (UE) Nº 492/2011 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 5 de abril de 2011 relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión (texto codificado) (Texto pertinente a efectos del EEE)
(DC de 27-05-2011) en vigor desde 16-06-2011
