Articulo 38 Servicios sociales de Asturias
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 38. Consejos asesores de carácter sectorial.
Vigente
Las Administraciones Públicas promoverán la constitución de consejos asesores y consultivos, que realizarán dichas funciones en los distintos ámbitos de actuación de los servicios sociales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-03-2003 en vigor desde 09-03-2003