Artículo 38 Simplificació... de Murcia

Artículo 38 Simplificación Administrativa de la Región de Murcia

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Artículo 38. Principios de buena regulación económica.

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La intervención pública mediante la regulación de los distintos procedimientos para la obtención de los títulos habilitantes que se requieran para el ejercicio de actividades económicas, se regirá por los siguientes principios de buena regulación económica:

- Principio de necesidad, asegurando que solo se adoptan las medidas que sean estrictamente necesarias para el logro del objetivo perseguido, existiendo una clara justificación por una razón de interés general.

- Principio de proporcionalidad, optando, entre las distintas alternativas que pueden conducir al logro del objetivo perseguido, por las medidas más adecuadas y menos distorsionantes de la competencia.

- Principio de eficacia, verificando que la norma contribuye a superar un fallo de mercado o alcanzar un objetivo de interés general.

- Principio de eficiencia, analizando que la norma plantea un equilibrio razonable entre ventajas que comporta para la finalidad perseguida y costes.

- Principio de transparencia, garantizando el acceso a fuentes de información de carácter público.

- Principio de seguridad jurídica y simplicidad, configurando un marco normativo estable y predecible para las empresas, sencillo, claro y coherente con el sistema normativo estatal y europeo.

- Principio de accesibilidad, garantizando mecanismos de consulta y participación.

- Principio de compensación de cargas administrativas, asegurando que la creación de nuevas cargas administrativas para las empresas vaya acompañada de la eliminación de al menos una carga existente de coste equivalente.