Articulo 38 TR de la Ley ... de Aragón

Articulo 38 TR. de la Ley de Ordenación de la Función Pública de Aragón

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Artículo 38.

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1 . Los funcionarios poseerán un grado personal que corresponderá a alguno de los niveles de los puestos de trabajo, con arreglo a lo dispuesto en los artículos siguientes.

2. El reconocimiento de los grados personales compete al Director general de Recursos Humanos, y contra sus resoluciones en esta materia cabrá interponer recurso ordinario ante el Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales.

Las resoluciones de reconocimiento del grado personal deberán quedar anotadas en el Registro de Personal.

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