Articulo 38 Vivienda de Galicia

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Artículo 38. Recaudación en vía de apremio.

Vigente

El Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo podrá utilizar la vía ejecutiva para el ingreso de las fianzas no depositadas y de las sanciones que se deriven del incumplimiento de la obligación de depósito.