Articulo 381 Reglamento del Registro Mercantil
Ver Indice
»Artículo 381. Registro informático.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El tratamiento y archivo de los datos contenidos en el Registro Mercantil Central se llevará a cabo mediante los medios y procedimientos informáticos que sean precisos para lograr los fines a aquél encomendados.
