Articulo 383 Reglamento de la Ley 2/2016, del suelo
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»Artículo 383. Ejecutividad y ejecución voluntaria
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Las órdenes de reposición de la legalidad urbanística serán ejecutivas desde el momento en que se dictan.
Las personas obligadas tienen que disponer de un plazo para ejecutarlas voluntariamente de conformidad con lo que establece la legislación vigente.
