Artículo 388 septies Régi...o de tasas

Artículo 388 septies Régimen específico de tasas

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Artículo 388 septies. Cuantía.

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La cuota tributaria de la presente tasa se fijará de acuerdo con las siguientes tarifas:

 

Concepto

Euros

1

Valoración de la agresión notificada.

14,12

2

Observación del animal agresor por parte de un veterinario oficial.

114,33

3

Toma de muestras para la investigación del virus de la rabia.

495,75

Modificaciones