Artículo 39 quinto. Tarifa.
Ver Indice
»Artículo 39 quinto. Tarifa.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
1. Proyectos y/o edificio terminado, edificios nuevos o existentes, así como la comprobación, dependiendo de la superficie construida del edificio:
Menor o igual de 125 m2: 17,90 euros.
Mayor de 125 m2 y menor o igual a 500 m2: 36,40 euros.
Mayor de 500 m2 y menor o igual a 2.000 m2: 73,30 euros.
Mayor de 2.000 m2: 145,20 euros.
En el caso de edificios de bloques de viviendas, la tarifa se calculará sumando la correspondiente a cada vivienda y local teniendo en cuenta la superficie según las tarifas señaladas anteriormente.
2. Inscripción en el registro de técnicos competentes, por cada inscripción de técnico o empresa: 17,90 euros.
Modificaciones
- Artículo modificado (39 quinto (se añade)) por Ley del Principado de Asturias 11/2014, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2015. [Cód. 2014-22510]
(AS de 31-12-2014) en vigor desde 01-01-2015
