Articulo 39 Accesibilidad de Cataluña

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Artículo 39. Contenido del libro del edificio en materia de accesibilidad

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El libro del edificio a que se refiere el artículo 25 de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda, debe contener los requerimientos en materia de accesibilidad, las soluciones ejecutadas, las condiciones de uso y las acciones necesarias para que se mantengan las condiciones de accesibilidad.

En el caso de los edificios de viviendas, dicha información debe incluirse en el manual de uso y mantenimiento que forma parte del documento de especificaciones técnicas.