Articulo 39 Actuaciones p...e vivienda

Articulo 39 Actuaciones protegibles en materia de vivienda

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Artículo 39. Solicitud de cambio de vivienda protegida por inadecuación.

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1. Quien pretenda acogerse a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra, por considerarse su vivienda inadecuada conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Foral 25/2011, de 28 de marzo, por el que se regula el Censo de solicitantes de vivienda protegida, deberá solicitar al Gobierno de Navarra que le proporcione otra vivienda protegida adecuada en la misma localidad o en un radio máximo de veinte kilómetros, medidos en línea recta desde la vivienda inadecuada, aportando para ello.

a) Escrito de solicitud.

b) Libro de familia.

c) Fotocopia de la escritura de adquisición de la vivienda. Si en la escritura no consta el número de habitaciones o de metros cuadrados útiles en el momento de la calificación definitiva, deberá aportarse además certificado acreditativo de la distribución en dicho momento, expedido por técnico competente.

2. La aplicación de lo previsto en el artículo 33.4 de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra, a quien acredite que él mismo o algún miembro de su unidad familiar es objetivo de una organización terrorista, y que el cambio de vivienda es conveniente para su seguridad, podrá efectuarse en diferentes condiciones de ubicación y plazo, previa acreditación del supuesto de hecho mediante certificación del órgano competente de la Delegación del Gobierno en Navarra.