Artículo 39. Acuerdo respecto a Gibraltar entre la UE y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido e Irlanda del Norte, por otra
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»Artículo 39. Ámbito de aplicación
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A los efectos del presente capítulo, las referencias a los Estados miembros se entenderán efectuadas a todos los Estados miembros salvo Irlanda.
