Articulo 39 áreas empresariales de Galicia
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»Artículo 39. Tramitación de urgencia
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Si concurriesen razones de urgencia, que corresponderá apreciar al Consello de la Xunta de Galicia, este podrá acordar que en la tramitación de los planes estructurantes de ordenación del suelo empresarial y en sus modificaciones se reduzcan a la mitad los plazos de información pública y audiencia previstos en la presente ley.
