Artículo 39 bis TR de las...s Públicos

Artículo 39 bis. Hecho imponible.

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Artículo 39 bis. Hecho imponible.

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Constituye el hecho imponible el registro del certificado de eficiencia energética de proyecto y/o edificio terminado, de edificios nuevos o existentes, así como la comprobación, y el registro de los técnicos o las empresas competentes para la elaboración de certificados de eficiencia energética en edificios.

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