Articulo 39 Derechos Culturales

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Artículo 39. Fondos a los emprendimientos culturales y acceso al crédito.

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El departamento competente en materia de cultura, por sí mismo o en colaboración con otros Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral u otras entidades, procurará la creación de fondos u otros instrumentos financieros que faciliten el crédito a las micro y pequeñas empresas de los sectores culturales; así como cualquier otra medida que aliente la creación, desarrollo y expansión de los emprendimientos culturales y la producción de bienes y servicios culturales.