Articulo 39 Derechos y deberes en materia de salud
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»Artículo 39. Derecho a la libre elección del profesional sanitario, servicio y centro.
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En el ámbito del Sistema Sanitario de Castilla-La Mancha, todas las personas tienen derecho a la libre elección de profesional sanitario, servicio y centro en los términos que reglamentariamente se establezcan.
