Artículo 39 espacios productivos para el fomento de la industria en Andalucía
Artículo 39. Procedimiento para la adhesión a la iniciativa andaluza Red de Ciudades Industriales.
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1. El procedimiento de adhesión de los municipios a la iniciativa andaluza Red de Ciudades Industriales se iniciará mediante solicitud de la entidad local dirigida a la Consejería competente en materia de industria que abarcaría la siguiente documentación:
a) Formulario a través del que la persona representante de la entidad local manifieste el interés del municipio en adherirse a la iniciativa andaluza Red de Ciudades Industriales, siguiendo el modelo que a tal efecto se establezca de acuerdo con el artículo 12 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
b) Certificado de la secretaría de la entidad local interesada que acredite que el municipio reúne los requisitos establecidos en el artículo anterior.
2. La persona titular de la Consejería competente en materia de industria dictará resolución de concesión o denegación de la adhesión a la iniciativa Red de Ciudades Industriales, a propuesta del órgano directivo central de rango superior con competencias en materia de industria, y una vez analizada por este la integridad de la documentación remitida por parte de la entidad local interesada. La resolución podrá ser impugnada de conformidad con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El plazo máximo para resolver el procedimiento será de seis meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u organismo competente para su tramitación. El transcurso de dicho plazo sin haberse notificado el acto administrativo legitima al interesado para entender la solicitud desestimada por silencio administrativo.
3. La adhesión a la iniciativa andaluza Red de Ciudades Industriales de los municipios será publicada en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en el portal web de la Consejería competente en materia de industria, y aparecerá de forma destacada en el Catálogo de espacios productivos de Andalucía y en la actividad Espacios Productivos de Andalucía (ESPAND) del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA).
4. En materia de información y divulgación acerca de la iniciativa andaluza Red de Ciudades Industriales, tanto en la documentación como en los elementos de comunicación vinculados a la iniciativa, la presencia institucional a través de logotipos y/u otros elementos visuales se debe adecuar la compatibilidad de la imagen corporativa municipal con los criterios de identidad corporativa de la Junta de Andalucía, en especial según lo dispuesto en el Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía.
