Artículo 39 Estatuto de A... de Madrid

Artículo 39 Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid

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Artículo 39.

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En los términos previstos en este Estatuto y de acuerdo con la legislación básica del Estado, la Comunidad de Madrid, mediante Ley, podrá crear otras Entidades de carácter institucional para fines específicos.