Articulo 39 Estatuto de la Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES)
- La presente norma pasa a denominarse Real Decreto 1525/1999, de 1 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de CASA 47 Entidad Pública Empresarial. Las referencias a SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo (en anagrama SEPES) se entenderán efectuadas a CASA 47 Entidad Pública Empresarial. Asimismo, las referencias a los órganos suprimidos por el Real Decreto 208/2024, de 27 de febrero, se entenderán realizadas a los que, por esta última norma, se crean y los sustituyen o asumen sus competencias. - Real Decreto 1123/2025, de 10 de diciembre, por el que se modifica el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES), aprobado por Real Decreto 1525/1999, de 1 de octubre.
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»Artículo 39. Personal laboral.
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1. El resto del personal al servicio de la Entidad, no comprendido en el artículo anterior, estará sometido a relación determinada por el derecho laboral.
2. Su selección se efectuará mediante convocatoria pública y de acuerdo con sistemas basados en los principios de igualdad, mérito y capacidad.
3. Sus retribuciones se determinarán y fijarán por los órganos competentes en materia de determinación de retribuciones, en los términos y condiciones a que se hace referencia en el presente Estatuto y conforme a la normativa laboral o presupuestaria en cada momento aplicable.
Modificaciones
- Artículo modificado (39 (apdo. 3)) por Real Decreto 855/2021, de 5 de octubre, por el que se modifica el Estatuto de SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES), aprobado por Real Decreto 1525/1999, de 1 de octubre.
(BOE de 06-10-2021) en vigor desde 07-10-2021
