Articulo 39 Impulso demográfico de Galicia
Artículo 39. Especial consideración de las familias numerosas
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1. La Administración autonómica aprobará un plan específico de apoyo a las familias numerosas.
2. Entre las medidas del plan de apoyo a las familias numerosas previsto en el número anterior, la Administración autonómica establecerá bonificaciones en los peajes de las autopistas de su titularidad y contemplará la aplicación de precios reducidos para estas familias en las licitaciones de contratos o concesiones que incluyan la gestión de plazas de aparcamiento en los hospitales públicos y centros dependientes de la misma.
3. Asimismo, en colaboración con la Federación Gallega de Municipios y Provincias, fomentará el establecimiento por parte de las administraciones locales de bonificaciones homogéneas en todo el territorio de la Comunidad Autónoma y de ayudas que faciliten el acceso de las familias numerosas a los suministros básicos, así como a viviendas y al transporte público.
