Articulo 39 Medidas 2012 ...inancieras

Articulo 39 Medidas 2012 Tributarias, Administrativas y Financieras

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Artículo 39. Modificación del artículo 41 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad.

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Se modifica el artículo 41 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, que queda redactado en los siguientes términos.

«Artículo 41. Cuotas.

La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas:

1. Autorizaciones:

- a) De apertura y funcionamiento de Casinos: 2.733,26 euros.

- b) De apertura y funcionamiento de Salas de Bingo: 649,31 euros.

- c) De apertura y funcionamiento de Salones de Juego: 486,21 euros.

- d) De habilitación de otros recintos y locales para la instalación de máquinas o para la práctica del juego: 87,86 euros.

- e) De inscripción en el Registro de Empresas relacionadas con las Máquinas Recreativas y de Azar: 128,44 euros.

- f) De homologación de material de juego: 128,44 euros.

- g) De celebración del juego de las chapas: 31,26 euros.

- h) De interconexión de máquinas: 40,22 euros.

2. Renovaciones y modificaciones: Por la renovación o modificación de las anteriores autorizaciones se exigirá el 50 % de las cuotas establecidas en el apartado anterior, salvo aquellas que procedan para los casinos y que afecten a límites de apuestas, horarios, modificaciones de juegos, periodo anual, escrituras o estatutos, garantías, cargas reales o suspensión de funcionamiento, en que se exigirá una cuota de 437,35 euros.

3. Expedición de documentos profesionales: 20,91 euros.»