Articulo 39 Medidas Tributarias y Administrativas
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Artículo 39. Cambio de adscripción orgánica del Instituto Aragonés de la Mujer.

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Se modifica el artículo 1 de la Ley 2/1993, de 19 de febrero, por la que se crea el Instituto Aragonés de la Mujer, en la redacción dada por el artículo 15 de la Ley 4/1998, de 8 de abril, de medidas fiscales, financieras, de patrimonio y administrativas, que queda redactado en los siguientes términos:

«Artículo 1. Naturaleza y régimen jurídico.

1. Se crea el Instituto Aragonés de la Mujer como organismo autónomo, adscrito al Departamento que tenga atribuidas las competencias en materia de servicios sociales.

2. Tendrá personalidad jurídica, patrimonio propio y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.

3. El Consejo Rector estará presidido por el Consejero competente en materia de servicios sociales.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2003 en vigor desde 01-01-2004