Articulo 39 Memoria y reconocimiento democráticos
- Norma derogada desde el 26 de marzo de 2026 - Ley 1/2026, de 24 de marzo, de derogación de la Ley 2/2018, de 13 de abril, de memoria y reconocimiento democráticos de las Illes Balears
- Por interposición del Recurso de inconstitucionalidad n.º 4344-2026, contra la Ley 1/2026, de 24 de marzo,que derogaba la presente ley, se levanta la derogación de la misma y vuelve a estar vigente, ya que se invocó el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados. - Recurso de inconstitucionalidad n.º 4344-2026, contra la Ley 1/2026, de 24 de marzo, de derogación de la Ley 2/2018, de 13 de abril, de memoria y reconocimiento democráticos de las Illes Balears.
Artículo 39. Potestad sancionadora
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1. Será pública la acción para denunciar las infracciones en materia de Memoria y Reconocimiento Democráticos.
2. Las autoridades que tengan conocimiento de actuaciones que puedan constituir infracción conforme a lo previsto en esta ley, estarán obligadas a comunicarlo a la consejería competente en materia de Memoria Democrática.
3. La incoación del procedimiento se realizará por acuerdo de la consejería competente en materia de Memoria Democrática de oficio o a instancia de parte, en la forma que reglamentariamente se determine. Si no hay legislación específica aplicable, el procedimiento para incoar y tramitar los expedientes administrativos sancionadores debe ser el que establece el Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento que debe seguirse en el ejercicio de la potestad sancionadora en la comunidad autónoma de las Illes Balears, o la norma que lo sustituya, y también los principios que establezca la legislación básica estatal y autonómica relativos al régimen jurídico y al procedimiento administrativo de las administraciones públicas y del sector público.
4. Para la imposición de las sanciones establecidas en este título, se seguirán las disposiciones de procedimiento previstas en la normativa, en materia de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo sancionador.
