Articulo 39 NORMAFORAL5/2...aciónForal

Articulo 39 NORMAFORAL5/2005,de31demayo,porlaqueseregulaelrégimenjurídicogeneraldelassubvencionesotorgadasporlaAdministraciónForal.

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Artículo 39. Coordinación de actuaciones.

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El pronunciamiento del órgano gestor respecto a la aplicación de los fondos por las personas perceptoras de subvenciones se entenderá sin perjuicio de las actuaciones de los órganos de control financiero de la Administración Foral.