Articulo 39 Ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito
Ver Indice
»Artículo 39. Normativa de solvencia.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Constituye normativa de solvencia de las entidades de crédito la prevista en el Reglamento (UE) n.º 575/2013, de 26 de junio, esta Ley y sus disposiciones de desarrollo.
