Articulo 39 Protección, i...onas LGTBI

Articulo 39 Protección, igualdad efectiva y no discriminación de las personas LGTBI

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Artículo 39. Protección frente a enfermedades de transmisión sexual

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1. El sistema sanitario madrileño incluirá de forma expresa el aspecto y la realidad del colectivo LGTBI en las campañas de educación sexual y de prevención de enfermedades de transmisión sexual, con especial consideración al VIH en las relaciones sexuales. Se realizarán a tal efecto campañas de información de la profilaxis, especialmente entre la población juvenil.

2. Se realizarán de manera gratuita campañas de detección precoz del VIH, especialmente en las zonas rurales.