Articulo 39 Régimen específico de tasas

Articulo 39 Régimen específico de tasas

Ver Indice
»

Artículo 39. Sujeto pasivo.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Son sujetos pasivos de esta tasa quienes soliciten o reciban cualesquiera de los servicios o actuaciones que constituyen el hecho imponible de la misma.