Articulo 39 Reglamento de...e Gipuzkoa

Articulo 39 Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de Gipuzkoa

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Artículo 39. Devolución del impuesto pagado.

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1. Los sujetos pasivos que cumplan los requisitos señalados en los apartados b) y c) del artículo 11.1 de la Norma Foral del Impuesto, en relación con la reducción del tipo impositivo por habilitación de local como vivienda, podrán solicitar la devolución de la diferencia entre el impuesto efectivamente satisfecho y el importe resultante de aplicar al inmueble adquirido el tipo impositivo reducido, mediante autoliquidación presentada en el plazo señalado en el artículo 36 de este Reglamento, junto con la documentación acreditativa, desde la fecha del cumplimiento de los requisitos exigidos o, como máximo, desde la finalización del plazo de 18 meses previsto en los citados apartados.

2. En los supuestos a que se refiere este artículo, la Administración procederá en su caso, a practicar liquidación provisional dentro de los seis meses siguientes a la fecha de presentación de la autoliquidación. No obstante, cuando la citada solicitud se hubiera presentado fuera de este plazo, los seis meses se computarán desde la fecha de su presentación.

Una vez acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos para la aplicación del tipo reducido, la Administración tributaria procederá a la devolución, sin perjuicio de la práctica de las ulteriores liquidaciones provisionales o definitivas que procedan.

Transcurrido el plazo establecido en el primer párrafo de este apartado sin que se haya ordenado el pago de la devolución por causa imputable a la Administración tributaria, se aplicará a la cantidad pendiente de devolución el interés de demora a que se refiere el artículo 26.6 de la Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa, desde el día siguiente al de la finalización de dicho plazo y hasta la fecha de la ordenación de su pago, sin necesidad de que el sujeto pasivo así lo reclame.