Articulo 39 Reglamento de la Ley 3/2007, Renta Básica de Inserción
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»Artículo 39. Definición.
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1. El proyecto individual de Inserción es un conjunto de acciones destinadas a la integración social y laboral de las personas, con el fin de evitar situaciones de exclusión social y su cronificación. En él se establecerán las medidas y apoyos personalizados para la integración social y laboral a los que se refiere el artículo 1.1 de la Ley 3/2007, de 16 de marzo.
2. El proyecto individual de inserción se configura como el instrumento básico para garantizar los apoyos personalizados establecidos en la Ley 3/2007, de 16 de marzo, así como para promover el desarrollo personal y la autonomía social de los beneficiarios, debiendo ser aprobado por el IMAS.
