Articulo 39 Reglamento de...e Justicia

Articulo 39 Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia

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Artículo 39. Responsabilidad del Secretario en materia lingüística

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1. El Secretario se encargará de que los escritos procesales presentados durante la fase escrita del procedimiento sean traducidos a la lengua de procedimiento y, en su caso, a otra de las lenguas indicadas en el artículo 36.

2. El Secretario se encargará igualmente de que se garantice la interpretación de lo dicho en la vista oral a la lengua de procedimiento, así como a las demás lenguas indicadas en el artículo 36 utilizadas por las partes presentes en la vista o que se estimen necesarias para el buen desarrollo de esta.

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