Articulo 39 TR Ley 4/1985, del estatuto de la empresa pública catalana
Articulo 39 TR Ley 4/1985...a catalana

Articulo 39 TR. Ley 4/1985, del estatuto de la empresa pública catalana

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 39.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


(DEROGADO)

Los representantes de la Generalidad en los órganos sociales a los que corresponda aprobar las operaciones de endeudamiento o de aval por un importe superior al cincuenta por ciento del capital social o por un importe que sobrepase la participación de la Generalidad solicitarán, a través del consejero o consejera respectivo/a, la correspondiente autorización previa del Gobierno.

Modificaciones