Articulo 39 Turismo de C. Valenciana -Derogada-
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»Artículo 39. Carácter orientativo del Plan.
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El Plan que se redacte podrá servir de orientación a las Administraciones Públicas que ejerzan competencias sobre las materias afectadas en sus respectivos ámbitos, y en todo caso respetará la distribución competencial básica vigente.
