Articulo 391 Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
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LEY 391

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«Dominio concellar»

El patrimonio forestal y cualesquiera otras propiedades, aprovechamientos o derechos pertenecientes a las Juntas Generales de los Valles del Roncal y Salazar, y que estén destinados a satisfacer necesidades colectivas de sus vecinos, son de «dominio concellar», que se regulará por las ordenanzas, acuerdos legítimamente adoptados, convenios y costumbres locales. El «dominio concellar» es indivisible.

Corresponden a la Junta General todas las facultades de administración y disposición, que deberá ejercitar atendiendo a las necesidades y conveniencias directas o indirectas del Valle o de sus vecinos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-03-1973 en vigor desde 27-03-1973