Articulo 394 Régimen específico de tasas
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Artículo 394. Sujeto pasivo.

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Son sujetos pasivos de esta tasa quienes soliciten la concesión de autorización de instalación, ampliación, sustitución de maquinaria, traslado de industrias, cambio de titular o de denominación social, autorización de funcionamiento y aquellos para las que se realice la comprobación y control de las máquinas, aparatos, utensilios y demás elementos que constituyen la instalación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-12-1998 en vigor desde 25-12-1998