Articulo 4 46 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos
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»Artículo 4.4-6. Afectación.
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Las tasas establecidas en el artículo 4.4-5 tienen carácter finalista, por lo que, de acuerdo con el artículo 1.1-3, los ingresos derivados de las mismas quedan afectados a la financiación de la prestación de los servicios de laboratorios de sanidad agraria prestados por el departamento competente en materia de agricultura y ganadería.
Modificaciones
- Artículo modificado (4.4-6 (se añade)) por LEY 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales,administrativas, financieras y del sector público.
(GC de 30-01-2014) en vigor desde 02-09-2014
