Articulo 4 63 DLeg 3/20...s públicos

Articulo 4 63 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos

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Artículo 4. 6-3. Devengo.

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La tasa se devenga y se hace efectiva cuando se solicita la prestación del servicio.