Artículo 4 de la Agencia de Atención Integrada Social y Sanitaria de Cataluña
Artículo 4. Funciones
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1. La Agencia de Atención Integrada Social y Sanitaria de Cataluña, para alcanzar sus objetivos, tiene las siguientes funciones:
a) Planificar, dirigir, coordinar e impulsar el modelo de atención integrada social y sanitaria.
b) Impulsar el despliegue operativo de la atención integrada social y sanitaria garantizando una gobernanza territorial compartida.
c) Proponer, desarrollar, actualizar, revisar y evaluar la cartera de servicios de atención integrada social y sanitaria.
d) Establecer los criterios de calidad, velar por la mejora continua y ejercer la condición de autoridad de valoración de la calidad de la atención integrada social y sanitaria, sin perjuicio de las funciones de acreditación y calidad del respectivo ámbito de cada una de las administraciones implicadas.
e) Evaluar la atención integrada social y sanitaria.
f) Gestionar, cuando sea necesario por razones de eficacia y eficiencia, servicios, programas y actividades propios en materia de atención integrada social y sanitaria.
g) Ejecutar fórmulas de financiación, incentivos, sistemas de contratación o cualquier otra medida que potencie la prestación por resultados de los servicios de atención integrada social y sanitaria, de acuerdo con las administraciones competentes.
h) Impulsar medidas que permitan avanzar e incorporar la innovación y la investigación de la atención integrada social y sanitaria, preferentemente en el ámbito de la provisión pública y sin ánimo de lucro.
i) Interconectar los sistemas de información y las tecnologías de la información y la comunicación, e incorporar en ellos algoritmos y servicios proactivos, para favorecer la atención integrada social y sanitaria, minimizar la burocracia y facilitar las tareas administrativas de los profesionales, en coordinación con los departamentos competentes en materia de servicios sociales y de salud, los entes locales, los servicios y centros de la Red de Servicios Sociales de Atención Pública y del sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña, la Administración digital y la atención ciudadana, de acuerdo con la normativa aplicable.
j) Impulsar y desarrollar un plan formativo para el conjunto de profesionales de los sectores social y sanitario, orientado a favorecer una mirada conjunta y un cuerpo de conocimiento compartido y a crear figuras profesionales adaptadas al desarrollo de la atención integrada y a las situaciones de necesidades complejas de atención. Este plan debe velar por garantizar la formación adecuada de los profesionales del sistema de salud de Cataluña en relación con las necesidades específicas y las adaptaciones requeridas por las personas con discapacidad en el ámbito de la atención sanitaria. El plan también debe incluir la formación de todas las personas que forman parte del entorno de cuidados.
k) Asistir a las administraciones, las instituciones y organizaciones, los agentes sociales y económicos, las corporaciones y colegios profesionales, las entidades del tercer sector social, las organizaciones que representan a los colectivos de personas atendidas o destinatarias y las sociedades científicas implicados en la atención integrada social y sanitaria, así como a la ciudadanía, en relación con las materias que son competencia de la Agencia, para favorecer la implantación y la evaluación compartidas del sistema de atención integrada.
l) Ejercer las actividades necesarias para el cumplimiento de sus objetivos, y las funciones y competencias que le encomienden los departamentos competentes en materia de servicios sociales y de salud.
m) Diseñar y ejecutar un plan de comunicación dirigido a la población general, a las diferentes poblaciones diana y a los profesionales del ámbito social y sanitario para dar a conocer los distintos aspectos y contenidos de la estrategia de integración.
n) Diseñar, planificar e implementar proyectos piloto de atención social y sanitaria, con vocación de analizar sus resultados y generalizar su implantación.
o) Impulsar el modelo de atención integrada de Cataluña estableciendo los principios, los ámbitos de aplicación y las líneas de actuación necesarias para garantizar su implantación efectiva.
p) Garantizar la integración de los instrumentos reconocidos en todos los ámbitos de la atención integrada social y sanitaria, tanto en los servicios sociales y comunitarios como en los sanitarios, y facilitar su uso y accesibilidad a las personas que tienen derecho a una atención preferente, comprensiva y adaptada a su contexto, de acuerdo con los principios de dignidad, autonomía, empatía y atención centrada en la persona.
2. La Agencia de Atención Integrada Social y Sanitaria de Cataluña, además de las funciones que le atribuye esta ley, puede cumplir otras que las administraciones o entidades públicas le puedan atribuir o encomendar de forma directa o indirecta por medio de los mecanismos que establece la legislación en materia de organización y régimen jurídico de las administraciones públicas y de su sector público.
