Articulo 4 la que se apru...e contacto

Articulo 4 la que se aprueba el modelo 030 de declaración de alta en el censo de obligados tributarios y de modificación del domicilio, de datos personales y de contacto

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Artículo 4. Plazo de presentación del modelo 030.

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Con carácter general, el modelo 030 podrá presentarse en cualquier momento a partir de la fecha que se produzca la causa que motive su presentación.

En el supuesto de que la causa que motiva la presentación sea la comunicación del cambio de domicilio fiscal por parte de las personas físicas que no tengan que estar dados de alta en el censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, el plazo de presentación será de tres meses desde que se produzca el cambio de domicilio.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, si con anterioridad al vencimiento de dicho plazo finalizase el de presentación de la autoliquidación correspondiente a la imposición personal que el obligado tributario tuviera que presentar después del cambio de domicilio, la comunicación deberá efectuarse en el correspondiente modelo de autoliquidación, salvo que se hubiese efectuado con anterioridad.