Articulo 4 Se aprueba el ...requisitos

Articulo 4 Se aprueba el modelo 403, documento electrónico de reembolso (DER), de solicitud de devolución del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) en el régimen de viajero y se establecen condiciones generales de su presentación y requisitos

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Artículo 4. Sistema de validación del DER.

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El sistema de validación del DER en los terminales interactivos podrá arrojar alguno de los siguientes mensajes:

A) Visado conforme. La solicitud de devolución se ha validado correctamente.

En este supuesto la tramitación ha terminado para el viajero, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5 en el caso de viajeros que residan en la Unión Europea, Ceuta o Melilla.

B) Visado sujeto a comprobación. La solicitud de devolución no se ha podido validar.

En este supuesto el viajero debe dirigirse al personal de la Agencia Tributaria Canaria, para la comprobación física de los bienes.

El resultado de la comprobación llevada a cabo por el personal de la Agencia Tributaria Canaria, podrá arrojar los siguientes resultados:

- Solicitud validada. Tendrá los mismos efectos que el visado conforme del número 1 anterior.

- Solicitud modificada. Una vez modificado el DER, tendrá los mismos efectos que el visado conforme del número 1 anterior para el DER modificado.

- Solicitud desestimada. Se producirá la terminación del procedimiento sin que proceda la devolución.

Si en el plazo de 3 horas desde la presentación del DER en el terminal interactivo, el viajero no presentara los bienes para ser objeto de comprobación física por el personal de la Agencia Tributaria Canaria, se le tendrá por desistido de su solicitud y se procederá a su archivo sin más trámite.