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Articulo 4 aprueba modelos del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica: 591, declaración anual de operaciones y 588, autoliquidación por cese de actividad

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Artículo 4. Forma, procedimiento y condiciones generales de presentación del modelo 591.

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Los obligados procederán a presentar el modelo 591 de forma electrónica a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria para lo cual deberán tener instaladoen el navegador un certificado electrónico admitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de acuerdo con la normativa vigente. Si la presentación telemática la realizara una persona o entidad autorizada para presentar declaraciones en representación de terceras personas, será dicha persona o entidad autorizada quien deberá tener instalado en el navegador su certificado electrónico.

La presentación electrónica del modelo 591 se realizará de acuerdo con el siguiente procedimiento.

1. El declarante o presentador se pondrá en comunicación con la Agencia Estatal de Administración Tributaria a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a la que se puede acceder directamente en la sede electrónica en https://www.agenciatributaria.gob.es o bien a través del portal de la Agencia Tributaria en Internet (www.agenciatributaria.es), debiendo hacer constar en la declaración los datos previstos en los anexos I y II de la presente Orden.

2. A continuación se procederá a transmitir la declaración con la firma electrónica generada al seleccionar el certificado previamente instalado en el navegador al efecto.

3. Si quien la presenta es una persona o entidad autorizada a presentar declaraciones en representación de terceras personas, se requerirá únicamente la firma electrónica correspondiente a su certificado.

4. Si la declaración es aceptada, la Agencia Estatal de Administración Tributaria devolverá en la pantalla la declaración validada con un código seguro de verificación, además de la hora y la fecha de presentación.

Si la presentación fuera rechazada, se mostrará en pantalla la descripción de los errores detectados. En este caso se deberá proceder a subsanar los mismos y volver a presentar la declaración.